El Senado de México aprobó con 115 votos a favor y uno en contra la Ley General en Materia de Bienestar, Cuidado y Protección de los Animales. La norma reconoce a los animales como “seres sintientes y sujetos de cuidado” y establece reglas para su protección en ámbitos como la compañía, la producción alimentaria, los espectáculos, la investigación y la enseñanza.
El texto prohíbe, entre otras medidas, la venta de animales en mercadillos y crea registros nacionales de animales de compañía, criaderos, refugios y personas infractoras. También contempla sanciones económicas y administrativas por maltrato y otras infracciones, con multas de hasta 234.000 pesos mexicanos. La ley establece además una Estrategia Nacional de Bienestar Animal y delimita las competencias de la Federación, los estados y los municipios.
Una reserva incorporada al artículo 78 dejó en manos de los estados la regulación de las corridas de toros y las peleas de gallos. Representantes de Tauromaquia Mexicana valoraron que el texto no imponga una prohibición nacional, mientras que el debate continuará ahora en la Cámara de Diputados, a la que fue enviado el dictamen. Actualmente, seis entidades mexicanas han prohibido las corridas de toros o ambas prácticas, mientras Ciudad de México optó en 2025 por las llamadas “corridas sin sangre”.











